PRESUPUESTO PUBLICO COMENTADO 2024

PRESUPUESTO PUBLICO COMENTADO 2024. presupuesto por resultado y presupuesto participativo

Editorial:
INSTITUTO PACIFICO S.A.C.
Edición:
Materia:
Derecho
Páginas:
1152
Encuadernación:
Anillado tapa dura

La fase de Programación Multianual del Proceso Presupuestario
abarca 3 años y se sujeta a las reglas fiscales vigentes. Asimismo,
la asignación presupuestaria multianual (APM) es el límite
máximo de los créditos presupuestarios que corresponderá a
cada pliego presupuestario y por encima de los cuales no podrá
programarse ningún gasto.
La APM tiene carácter vinculante para el primer año (Año 1) e indicativo para los dos años siguientes (Año 2 y Año 3), la misma
que será revisada anualmente y modificada en caso de que se
den cambios en cualquiera de los factores tomados en cuenta
para su estimación. En efecto, la APM no implica un compromiso
definitivo sobre los créditos presupuestarios que correspondan
a cada pliego para el presupuesto de los años respectivos; sin
embargo, la agregación de las APM de los pliegos no podrá ser
superior al límite de gasto al que hace referencia el literal a) del
numeral 25.1 del artículo 25 del Decreto Legislativo N.° 1440.
El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, estima la APM en función de los siguientes factores: i) ingresos de todas las fuentes de financiamiento que se prevea recaudar o percibir durante el ejercicio,
con independencia del año del que provengan, incluyendo la
proyección de los saldos de balance correspondientes; ii) reglas
fiscales aprobadas; iii) prioridades de política a nivel de resultados, productos u objetivos estratégicos institucionales, articulados con el SINAPLAN; iv) criterios específicos de programación,
tales como costos unitarios, metas de cobertura, entre otros, que
determine la Dirección General de Presupuesto Público, según
sea el caso; y v) eficacia, efectividad y calidad de los servicios establecidos para el logro de resultados y objetivos de política.
Finalmente, la APM es estimada a través de dos instrumentos: la
línea base de la asignación presupuestaria (LBAP) y la asignación
presupuestaria diferencial (APD). La LBAP corresponde a la estimación de los gastos totales necesarios para la continuidad de
las políticas públicas vigentes, mientras que la APD corresponde
al ajuste de la LBAP sobre la base de la revisión de los factores
mencionados anteriormente. La APM se estima a nivel de programa presupuestal en los casos que corresponda.

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